IMPORTANTE


¡IMPORTANTE!
Una vez que el docente fue designado deberá presentarse, el mismo día, en dicho establecimiento. De lo contrario, la designación quedará sin efecto.

Recordamos a los/las Docentes designados que deben presentarse a la designación con la Declaración Jurada Actualizada con la firma del Declarante y en formato papel, en el horario y día estipulado.



13 marzo 2024

Comunicado de la Dirección General de Educación Secundario sobre licencias Art. 29

 Estimados docentes. Compartimos la siguiente información a fin de ser tenida en cuenta al momento de su presentación para ser designados en horas cátedras:

Rawson, 11 de marzo de 2024


A la Supervisión Técnica de

Educación Secundaria

Regiones I, II, III, IV, V y VI:


Me dirijo a Uds. y por su intermedio a los Directores de los Departamentos de Designaciones de cada Región, a fin de brindar asesoramiento sobre consultas recibidas en relación a los pedidos de licencia haciendo uso del Articulo 29º. En ese sentido se recuerda que, en virtud de la normativa vigente, es importante tener en cuenta que:

 

  • El articulo mencionado se refiere a Cargos, por lo que no es aplicable a horas cátedra.

  • El docente deberá presentar certificado que justifique la mayor remuneración y el horario de desempeño junto con el formulario de licencia, como condición para que se pueda conceder la misma.

  • Siempre se deberá tener en cuenta la Ley de Incompatibilidad, ante la acumulación de horas y cargos, para que sea concedida.

Sin otro particular, saludo atentamente

Prof. Martín Larmeu

A/C Dirección General de Educación Secundaria

Ministerio de Educación Chubut

NOTA 273/2024 - DGES